Federación de Enseñanza de CCOO de Madrid | 4 mayo 2024.

¿Cuáles son las causas que excluyen de formar parte de los tribunales en las oposiciones?

    ¿Es obligatorio formar parte de un tribunal si me llaman? ¿Qué motivos se pueden alegar para no formar parte de un tribunal en las oposiciones? No puedo formar parte de los tribunales ¿cómo lo comunico? Estas son preguntas habituales cada vez que se abre un proceso de oposición. Aquí te las resolvemos todas.

    24/04/2024.
    Exclusión de tribunales

    Exclusión de tribunales

    Muchas veces nos preguntáis cuáles son las causas que impiden que un funcionario o una funcionaria de carrera pueda formar parte de un tribunal.

    ¿Es obligatorio formar parte de un tribunal si me llaman?

    En primer lugar debemos saber que la respuesta es un rotundo sí. Según se establece en el artículo 8 del Real Decreto 276/2007,"la participación en los órganos de selección tiene carácter obligatorio". Es decir, es una de las funciones que asumimos cuando somos funcionaras o funcionaros de carrera y si nos llaman para formar parte de un tribunal de selección tenemos la obligación de presentarnos.

    Esa misma norma establece que "Las Administraciones educativas podrán determinar las circunstancias en que(...) determinados funcionarios puedan ser dispensados de esta participación".

    ¿Cuáles son los motivos que nos excluyen de ser tribunal?

    En general las convocatorias a proceso selectivos indican los siguientes motivos por los que se excluyen a las personas de formar parte del sorteo para ser tribunal:

    • Aquellos que se encuentren en comisión de servicios en puestos de la Administración.
    • Aquellos que se encuentren en situación de servicios especiales.
    • Los liberados sindicales.
    • Los directores de los centros educativos.
    • Aquellos que han solicitado la jubilación con fecha de efectos 31 de julio del año en el que se desarrollen las pruebas de la fase de oposición de este procedimiento selectivo o anterior, en su caso.
    • Aquellos que se encuentran en situación de Incapacidad Temporal de larga duración a fecha de realización del sorteo para designación de tribunales

    Además la legislación establece diferentes causas por las que es obligatorio abstenerse en caso de haber entrado a formar parte de las listas de los tribunales:

    • Haber desarrollado tareas de de preparación de aspirantes a pruebas selectivas para el mismo Cuerpo y especialidad, en los cinco años anteriores a la publicación de la convocatoria.
    • Los motivos que establece el Artículo 23 de la Ley 40/2015, de 1 de octubre, de Régimen Jurídico del Sector Público.
    1. Tener interés personal en el asunto de que se trate o en otro en cuya resolución pudiera influir la de aquél; ser administrador de sociedad o entidad interesada, o tener cuestión litigiosa pendiente con algún interesado.
    2. Tener un vínculo matrimonial o situación de hecho asimilable y el parentesco de consanguinidad dentro del cuarto grado o de afinidad dentro del segundo, con cualquiera de los interesados, con los administradores de entidades o sociedades interesadas y también con los asesores, representantes legales o mandatarios que intervengan en el procedimiento, así como compartir despacho profesional o estar asociado con éstos para el asesoramiento, la representación o el mandato.
    3. Tener amistad íntima o enemistad manifiesta con alguna de las personas mencionadas en el apartado anterior.
    4. Haber intervenido como perito o como testigo en el procedimiento de que se trate.
    5. Tener relación de servicio con persona natural o jurídica interesada directamente en el asunto, o haberle prestado en los dos últimos años servicios profesionales de cualquier tipo y en cualquier circunstancia o lugar.

    ¿Qué debemos hacer si nos encontramos en alguna de estas situaciones?

    En caso de estar en cualquiera de las circunstancias descritas debemos comunicarlo a la Administración en el periodo más breve posible. Generalmente se abre un plazo de tres días hábiles de exposición de alegaciones desde el momento en el que se publican las listas de los tribunales.

    Si las causas surgen de manera posterior a ese periodo debemos comunicarlo al presidente o presidenta de nuestro tribunal cuando convoquen la primera reunión y adjuntar toda la documentación necesaria. Después la administración deberá considerar tu caso y decidir si asignan a una persona suplente en tu lugar.

    Mis circunstancias no están reflejadas en la normativa, pero me es imposible formar parte de los tribunales ¿Hay algo que pueda hacer?

    Si crees que estás en una situación que por causas de fuerza mayor te impide formar parte de los tribunales y no aparece en el listado, no dudes en contactar con CCOOpara estudiar tu caso.

    Recuerda que lo más rápido y recomendable es que te pongas en contacto con la delegada o delegado del centro en el que trabajas. Puedes encontrar su información de contacto en el tablón sindical de tu centro (habitualmente en la sala de profes).

    Otras formas de contacto con CCOO (enseñanza pública) son las siguientes:

    • Puedes llamar por teléfono de 09:30 a 14:00 y de 16:30 a 19:00 en días lectivos.

    1. Centralita: 915368791
    2. Enseñanza pública: 915365102 / 915368709
    • También puedes escribirnos por correo electrónico:
    1. Centralita:  educacionmadrid@usmr.ccoo.es
    2. Enseñanza pública: publica.frem@usmr.ccoo.es