Federación de Enseñanza de CCOO de Madrid | 27 abril 2024.

Nota informativa de CCOO sobre el pronunciamiento del TJUE en materia de contratación temporal en las Administraciones Públicas

    El pasado 22 de febrero el TJUE (Tribunal de Justicia de la Unión Europeo) dictó sentencia sobre los Asuntos C-59/22, C-110/22 y C-159/22 y entró a considerar la validez y proporcionalidad de las medidas para prevenir o sancionar la contratación de Personal laboral temporal, sentencia que debe ser observada por los tribunales españoles.

    22/03/2024.
    Tribunales

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    Desde el TJUE consideran que la declaración de Indefinido no fijo al empleado público temporal, la indemnización de 20 días por año (máximo 12 meses) y la convocatoria de procesos de consolidación de empleo público, no son adecuados para sancionar debidamente la utilización abusiva de sucesivas relaciones laborales temporales. Por el contrario, la fijeza sí podría ser una medida adecuada para sancionar dicho abuso.

    La sentencia del TJUE no aclara la solución definitiva y, por lo tanto, el alcance dependerá de la decisión del Tribunal Supremo, el cual ha elevado una nueva cuestión prejudicial al TJUE para aclarar cómo se debe interpretar la sentencia y cómo aplicarla en el empleo público.

    Todo esto abre un nuevo marco legal para iniciar nuevas reclamaciones, por lo que cualquier afiliada o afiliado, trabajador o trabajadora temporal, que quieran solicitar la valoración de su situación contractual, pueden utilizar nuestros servicios jurídicos.

    Para más información y derivar a la asesoría, no dudéis en poneros en contacto con vuestra delegada o vuestro delegado de centro de CCOO.

    Documentación asociada
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