Federación de Enseñanza de CCOO de Madrid | 27 abril 2024.

CCOO reclama el mantenimiento del empleo del profesorado temporal de las universidades públicas de Madrid

  • La aplicación de la LOSU sitúa al profesorado asociado, visitante y ayudante doctor en una situación de incertidumbre.
  • No hay certeza en la posible aplicación temporal de los procesos de estabilización y los criterios de dedicación

19/03/2024.
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Desde que la Ley Orgánica 2/2022 del Sistema Universitario (LOSU) entro en vigor (12/04/2023), se debían desarrollar unos procesos de estabilización y transformación con unos plazos temporales para llevarse a cabo. Esta novedad supone la modificación de la forma de mantener su carrera académica e incluso, de permanecer en la universidad.

Las figuras de Profesorado Asociado, Visitante y Ayudante Doctor (AYD) experimentan a partir de aquí una serie de efectos en lo concerniente a dedicación lectiva, procesos de estabilización, ampliación de la duración de los contratos y opciones de paso a otras figuras.

En nuestro ámbito de Universidades de Madrid, a través de la Comisión Paritaria del I Convenio del PDIL y, a propuesta de la parte social, se ha logrado un acuerdo para facilitar el proceso transitorio definido en la LOSU para el Profesorado Asociado.

Se están tramitando enmiendas a la LOSU en las Cortes, lo que que pueden suponer que:

  • Los procesos de estabilización, inicialmente previstos para el 31/12/2024, se podrán demorar, si así lo considera la universidad convocante, hasta el 30 de junio de 2028.
  • Una posible ampliación de la duración de los actuales contratos 6+6 y 5+5 de profesorado asociado en función del nuevo calendario de aplicación.
  • La aplicación de las dedicaciones máximas para el PDI a tiempo completo con contrato en vigor a la entrada en vigor de la LOSU (240 horas, excepto la figura de AYD, que tendrá 180) se retrasaría del inicio del curso 2024/2025 al inicio del curso 2028/2029.

En todo caso, el criterio temporal de aplicación, dentro de los márgenes máximos, puede ser ajustado por la Universidad.

Este contexto nos sitúa en un marco de indefinición de las reglas de aplicación. CCOO reclama que se adopten medidas que aporten certidumbre y seguridad al PDIL temporal en cuanto:

  • A los plazos reales de mantenimiento de sus actuales contratos, que para CCOO deben agotar los máximos legales.
  • El procedimiento de estabilización del empleo contemplado para las figuras de PDIL para las que se regula.
  • Las posibles fórmulas de mantenimiento de su relación laboral con la universidad para las figuras de PDIL temporal que agoten los períodos de contratación en sus actuales contratos.
  • La homogenización de las dedicaciones máximas tomando como referencia el marco establecido en la LOSU en el curso 2024/2025 y nunca esperar al inicio del curso 2028/2029.

Para CCOO la solución de esta realidad debe ser una prioridad absoluta para las universidades públicas madrileñas. No podemos dejar que el tiempo transcurra y se convierta en una justificación final para que este profesorado vea lesionado su derecho a la carrera profesional y, en el peor de los casos, a perder su empleo.

Desde CCOO entendemos que ha llegado el momento de buscar soluciones a los problemas que se centren en la persona, y en este sentido reclamamos, en una primera fase, una serie de medidas de las que te damos cuenta a través del enlace a CCOO Informa nº 13