Federación de Enseñanza de CCOO de Madrid | 29 abril 2024.

Las universidades públicas de Madrid publican las convocatorias de la evaluación de la actividad investigadora (sexenios) del PDIL temporal sin negociación, acuerdo y ni siquiera conocimiento de la parte social

  • CCOO reclama unos criterios de evaluación conocidos y transparentes
  • CCOO rechaza que se presenten, sin negociación, convocatorias distintas en cada universidad que, además, niegan derechos al profesorado a tiempo parcial y a los investigadores.

01/02/2024.
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El pasado lunes 22 de enero se abrió el plazo para la solicitud de evaluación de la actividad investigadora (sexenios). Este plazo acaba el 12 de febrero. Por otra parte, ANECA ha publicado los criterios específicos de cada comisión, además de un listado de preguntas frecuentes. Desde CCOO reclamamos unos criterios de evaluación conocidos y transparentes e instamos a la ANECA a que vele por la correcta aplicación de estos criterios.

En cuanto a la situación del PDIL temporal, recordamos que CCOO ha ganado sucesivas sentencias, primero en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid y luego en el Tribunal Supremo, que reconocen el derecho del personal docente e investigador no permanente (temporal) de las Universidades públicas de la Comunidad de Madrid a someter la actividad investigadora realizada cada seis años a una evaluación y, en caso de superarla favorablemente, a percibir un complemento por méritos investigadores en los mismos términos que el personal docente e investigador permanente. La sentencia, como ya pasó en la demanda sobre los quinquenios del PDI temporal, se basa en el principio de igualdad de trato entre personas trabajadoras fijas y temporales, de forma que no podrá tratarse a los trabajadores/as con un contrato de duración determinada de una manera menos favorable que a los trabajadores/as fijos/as por el mero hecho de tener un contrato de duración determinada. Por otra parte, se señala que la investigación es un derecho y un deber de todo el PDI de las Universidades y, por tanto, no puede aceptarse que el esfuerzo investigador del PDI reciba un tratamiento desigual en los trabajadores/as temporales.

A pesar de los reiterados intentos de CCOO para abordar el tratamiento de la aplicación de esta sentencia, de una manera negociada, con las universidades, éstas han optado por una vía unilateral al publicar entre el 22 de diciembre de 2023 y el 19 de enero de 2024 las convocatorias de evaluación de la actividad investigadora del PDIL temporal en las seis universidades públicas madrileñas sin acuerdo ni conocimiento previo por la parte social. Una vez más vemos la falta de voluntad negociadora de los rectores de las universidades madrileñas.

A pesar de que las convocatorias tienen importantes carencias (se excluye a algunas figuras, no se reconoce la actividad investigadores de los profesores a tiempo parcial), desde CCOO animamos a quienes reúnan los requisitos a que participen en el proceso de evaluación de la actividad investigadora.

En cuanto al personal investigador, este colectivo ha sido, una vez más, ignorado en esta convocatoria (salvo, parcialmente, por la UC3M y la UAH). Como viene siendo habitual, el pretendido apoyo a la investigación por parte de los gestores universitarios no se refleja en el reconocimiento de derechos al personal investigador. Desde los Servicios Jurídicos de CCOO se está valorando la afectación de esta sentencia al personal investigador y el procedimiento a seguir para el pleno reconocimiento.

Toda la información a través del enlace a CCOO Informa nº 6