Federación de Enseñanza de CCOO de Madrid | 27 abril 2024.

El Tribunal Supremo ratifica la sentencia ganada por CCOO en el TSJM y reconoce el derecho del PDI temporal a la evaluación de la actividad investigadora

    20/02/2023.
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    El 25 de enero de 2023 el Tribunal Supremo ha declarado firme la sentencia del TSJM, dictada a raíz del conflicto colectivo presentado por CCOO y por tanto, establece “el derecho del personal docente e investigador no permanente (temporal) de las Universidades públicas de la Comunidad de Madrid demandadas a someter la actividad investigadora realizada cada seis años a una evaluación y, en caso de superar favorablemente la misma, a percibir, si diera lugar, un complemento por méritos investigadores en los mismos términos que el personal docente e investigador permanente

    La sentencia, como ya pasó en la demanda sobre los quinquenios del PDI temporal, se basa en el principio de igualdad de trato entre trabajadores fijos y temporales, que determina que no podrá tratarse a los trabajadores con un contrato de duración determinada de una manera menos favorable que a los trabajadores fijos comparables por el mero hecho de tener un contrato de duración determinada. Por otra parte, se recuerda que la investigación es un derecho y un deber del personal docente e investigador de las Universidades y, por tanto, no puede aceptarse que el esfuerzo investigador del PDI reciba un tratamiento desigual en los trabajadores temporales.

    CCOO valora muy positivamente esta sentencia y va a solicitar una reunión urgente de la Comisión Paritaria de Seguimiento, Desarrollo e Interpretación del I Convenio de PDI laboral de las Universidades Públicas Madrileñas para reclamar que este derecho a la evaluación de la actividad investigadora del PDI temporal se haga efectivo de manera inmediata.

    Toda la información a través del enlace CCOO Informa nº 14