Federación de Educación y Servicios Socioeducativos de CCOO de Madrid | 16 diciembre 2025.

Educador, Educación Infantil, (Grupo III, Nivel 6, Área C)

    24/11/2025.
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    RESOLUCIÓN de 6 de noviembre de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos, por la que se aprueba y publica la relación provisional de admitidos con puntuación y excluidos del segundo bloque de la bolsa permanentemente abierta de trabajo temporal de la categoría profesional de Educador (Educación Infantil), Grupo III, Nivel 6, Área C, de la Comunidad de Madrid.Por Resolución de 9 de abril de 2025, de la Dirección General de Recursos Humanos, se aprobó y publicó la constitución del segundo bloque de la bolsa permanentemente abierta de trabajo temporal de la categoría profesional de Educador (Educación Infantil), Grupo III, Nivel 6, Área C, de la Comunidad de Madrid (BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID n.o 101, de 29 de abril de 2025).

    Dicha Resolución habilitó un plazo de presentación de solicitudes y de la documentación acreditativa de los méritos por los interesados de veinte días hábiles desde el día siguiente al de la publicación de la convocatoria en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID.

    Una vez valorada la documentación y los méritos aportados por los aspirantes, en uso de las atribuciones conferidas en el Decreto 248/2023, de 11 de octubre, del Consejo de Gobierno, por el que se establece la estructura orgánica de la Consejería de Educación, Ciencia y Universidades, esta Dirección General de Recursos Humanos

    RESUELVE

    Primero

    Aprobar, como anexos a esta Resolución, las listas provisionales por orden de puntuación (Anexo I) de los aspirantes admitidos en el segundo bloque de la bolsa única permanentemente abierta de trabajo temporal de la categoría profesional de Educador (Educación Infantil), Grupo III, Nivel 6, Área C, de la Comunidad de Madrid, así como la relación de excluidos con causa de exclusión (Anexo II).

    Segundo

    Los candidatos dispondrán de un plazo de diez días hábiles, contados a partir del siguiente al de la publicación de la presente Resolución en el BOLETÍN OFICIAL DE LA COMUNIDAD DE MADRID, para que procedan a la presentación de las alegaciones que estimen oportunas sobre la valoración de los méritos aportados o en orden a la subsanación de su solicitud.

    Así mismo, quienes no figuren en la relación provisional de personas admitidas ni en la de excluidas, podrán aportar documentación acreditativa de la presentación de la solicitud dentro de plazo a efectos de su inclusión en la bolsa única permanentemente abierta.

    Tercero

    Las alegaciones se presentarán exclusivamente a través de medios electrónicos, mediante la aplicación que se encuentra disponible en el portal de la Comunidad de Madrid, en https://sede.comunidad.madrid/oferta-empleo/bupa-educacion-infantil-segu... . También se podrá acceder con carácter meramente informativo y, sin efectos administrativos, a través del portal “personal +educación” ( www.comunidad.madrid/servicios/personal-educacion ), siguiendo la secuencia: “Personal de Administración y Servicios”, “Personal Laboral”, “Bolsas de trabajo”.

    Madrid, a 6 de noviembre de 2025.—El Director General de Recursos Humanos, Miguel J. Zurita Becerril.

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