Federación de Enseñanza de CCOO de Madrid | 5 mayo 2024.

La cotización del trabajo a media jornada se equiparará con la de la jornada completa a partir del 1 de octubre

  • CCOO reclama a la Seguridad Social para que el informe de Vida Laboral recoja correctamente los periodos cotizados a tiempo parcial

19/09/2023.
.

.

El 1 de octubre entra en vigor una modificación de la Ley General de Seguridad Social (LGSS). A partir de ahora las cotizaciones del trabajo parcial se equipararán con las del trabajo a tiempo completo. Esta medida repercutirá positivamente a casi 3 millones de personas.

Se tendrán en cuenta los distintos períodos durante los cuales el trabajador/a haya permanecido en alta con un contrato a tiempo parcial, cualquiera que sea la duración de la jornada, para acreditar los períodos de cotización necesarios para causar derecho a las prestaciones de jubilación, incapacidad permanente, muerte y supervivencia, incapacidad temporal y nacimiento y cuidado de menor. Esto supone que cada jornada laboral de los trabajadores/as a tiempo parcial, independientemente de las horas que se trabajen, equivaldrá a un día de cotización a la Seguridad Social.

CCOO, que ha venido reivindicando constantemente esta reforma, insiste ahora en reclamar a la Seguridad Social que actualice la información contenida en el Informe de vida laboral, expresando el dato de los nuevos periodos en alta según la legislación actual para poder computar favorablemente las prestaciones de las personas con contrato a tiempo parcial, entre otras consecuencias, para orientar sus posibles decisiones en relación a la posibilidad de acceso a la jubilación.

Toda la información a través del enlace a CCOO Informa nº 38