Federación de Enseñanza de CCOO de Madrid | 19 abril 2024.

1 de Mayo 2024

ELECCIONES SINDICALES

CCOO denuncia: se impide votar a parte del profesorado interino

    03/12/2018.
    Elecciones sindicales 2018

    Elecciones sindicales 2018

    Hemos tenido conocimiento por el Director del Área Territorial de Madrid Sur que los funcionarios interinos nombrados tras el cierre del censo definitivo no podrán ejercer su derecho a voto en las elecciones sindicales de mañana.

    Mientras que en las anteriores elecciones (04-12-2014) los funcionarios interinos nombrados tras el cierre del censo definitivo sí pudieron ejercer su derecho a voto en las Mesas Electorales Coordinadoras de las 5 Juntas de Personal Docente No Universitario.

    Hemos recordado a la Administración que en el Acuerdo de Elecciones Sindicales del Personal Docente Público No Universitario 2018, entre la Consejería y las organizaciones sindicales con capacidad de preaviso, firmado el 28 de septiembre de 2018, no se cambió la posibilidad de que los funcionarios interinos nombrados tras el cierre del censo definitivo de ejercer su derecho a voto en las Mesas Electorales Coordinadoras; es más, la Dirección General de Recursos Humanos trató el asunto argumentando que se haría igual que en 2014, esto es, certificando los nombramientos realizados en cada una de las 5 Direcciones de Área Territorial, que serían entregados a las Mesas Electorales Coordinadoras para que el personal interino nombrado hasta el día antes de la celebración de las elecciones puedieran ejercer su derecho a voto.

    Por otra parte, el artículo 44 de “Procedimiento electoral” del Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público establece que:

    El procedimiento para la elección de las Juntas de Personal y para la elección de Delegados de Personal se determinará reglamentariamente teniendo en cuenta los siguientes criterios generales:

    a. La elección se realizará mediante sufragio personal, directo, libre y secreto que podrá emitirse por correo

    b. Serán electores y elegibles los funcionarios que se encuentren en la situación de servicio activo.

    O lo que es lo mismo: funcionarios que se encuentren en la situación de servicio activo o equiparable, así como los funcionarios en prácticas y los interinos.

    El momento en que los funcionarios interinos deben reunir los requisitos para ser elector es en el momento de la votación y que el momento en que los funcionarios interinos deben reunir los requisitos para ser elegible es en el momento de la presentación de las Candidaturas. Por lo tanto, el funcionariado interino contratado con antelación a la celebración de las elecciones debe poder ejercer su derecho a voto.

    Por lo anteriormente expuesto, esta Federación de Enseñanza de CCOO de Madrid exige:

    • Que se garantice el ejercicio a su derecho a voto a los funcionarios interinos nombrados tras el cierre del censo definitivo 26-10-2018 hasta el día 03-12-2018 en las Mesas Electorales Coordinadoras de las 5 Juntas de Personal Docente No Universitario el próximo 04-12-2018.
    • Que se reúna con carácter de Urgencia a la Comisión Técnica Coordinadora para tratar la decisión unilateral adoptada por la Dirección General de Recursos Humanos de la Consejería de Educación e Investigación de la Comunidad de Madrid de no permitir ejercicio a su derecho a voto a los funcionarios interinos nombrados tras el cierre del censo definitivo 26-10-2018 hasta el día 03-12-2018, y garantizar que se cumple con lo establecido en la legislación vigente (“Real Decreto Legislativo 5/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley del Estatuto Básico del Empleado Público”, “Real Decreto 1846/1994, de 9 de septiembre, por el que se aprueba el Reglamento de elecciones a órganos de representación del personal al servicio de la Administración General del Estado y anularla ya que la Administración no interviene directamente en el proceso de elecciones, su actuación tiene carácter instrumental: facilita el censo, prepara el proceso, etc.