Federación de Enseñanza de CCOO de Madrid | 2 mayo 2024.

CCOO impugnará, junto con los estudiantes afectados, la orden que suprime las ayudas Erasmus

    La Federación de Enseñanza CCOO argumenta que, en virtud del principio de irretroactividad de las normas previsto en el art. 9.3 de la Constitución Española, el Ministerio de Educación no puede aplicar la orden de forma retroactiva.

    05/11/2013.

    CCOO recurrirá la orden por la que se establecen las bases reguladoras de la aportación complementaria del Estado a los centros del Espacio Europeo de Educación Superior para estudiantes de Universidades, instituciones de Enseñanza Superior y de Ciclos Formativos de Grado Superior participantes en el programa Erasmus para el curso académico 2013/2014. La orden ministerial priva de la parte estatal de la ayuda a todos aquellos estudiantes que no sean beneficiarios de una beca general, lo que, en la práctica, podría suponer que un elevado número de "erasmus? pierdan el suplemento y dispongan de casi la mitad de los recursos con los que contaban.

    Esta medida injustificada e injusta se aprueba cuando muchos de los "erasmus? están ya fuera de España y esperaban recibir una ayuda que, aunque insuficiente, les facilitaba la estancia.

    La Federación de Enseñanza de CCOO, junto con un numeroso número de estudiantes afectados de las distintas comunidades autónomas, impugnará la orden ante el Tribunal Central de lo Contencioso Administrativo, al vulnerar ésta la Ley del Concurso. En la convocatoria del programa Erasmus se estable que la beca consiste en tres tipos de ayudas. Por tanto, existe una expectativa de derecho que el Ministerio de Educación vulnera al suprimir una de las ayudas con efectos retroactivos a la ley del concurso.

    Además, en la convocatoria en la que han participado los estudiantes "erasmus? de este curso no existía como requisito ser beneficiario de una beca general.

    El Ministerio no puede aplicar retroactivamente una orden, en virtud del principio de irretroactividad de las normas previsto en el art. 9.3 de la Constitución Española (CE), en el que se establece que la Constitución garantiza la interdicción de la arbitrariedad, garantiza la seguridad jurídica y prohíbe la retroactividad de las normas sancionadoras en relación con el art. 33.3 de la CE, que prohíbe que nadie podrá ser privado de sus bienes y derechos sin causa justificada de utilidad pública o interés social, mediante la correspondiente indemnización.

    Este recorte en las ayudas a los "erasmus? llega después de que el Ministerio haya endurecido las condiciones para el acceso a becas de carácter general, por lo que el número de estudiantes afectados será mucho mayor.