Federación de Enseñanza de CCOO de Madrid | 29 marzo 2024.

Mesa Técnica de la Sectorial

Inspección educativa: procedimiento de rotación

  • Resumen mesa: viernes 14 de abril 2013

15/04/2023.
Resumen Mesa Técnica de la Sectorial 14 de abril de 2013

Resumen Mesa Técnica de la Sectorial 14 de abril de 2013

Reunión de la Mesa Técnica de la Sectorial mediante videoconferencia, con el siguiente orden del día:

1.- Instrucciones para la aplicación del capítulo IV de la Orden 732/2021, de 24 de marzo, en las que se establece el procedimiento de rotación de los servicios de Inspección Educativa, que debe efectuarse a partir de 1 de septiembre de 2023.

Han participado en la reunión el Director General de Recursos Humanos, La Subdirectora General de Gestión de Profesorado de Educación Infantil, Primaria y Especial, la Subdirectora General de Gestión de Profesorado de Educación Secundaria, Formación Profesional y Régimen Especial, el Subdirector General de Inspección y representantes de los sindicatos C.C.O.O, ANPE, CSIF y UGT.

El Subdirector General de Inspección ha indicado que el objetivo de la reunión era informar acerca del contenido de una Resolución de la Viceconsejería de Organización Educativa que va a publicarse en breve cuyo objetivo es precisar algunos aspectos recogidos en el capítulo IV de la Orden 732/2021, de 24 de marzo, en las que se establece el procedimiento de rotación de los servicios de Inspección Educativa, y particularmente los artículos 47 y 48 de la mencionada orden.

En concreto, se tratan dos aspectos de la mencionada orden que van a ser precisados en la resolución que va a ser publicada:

- Respecto a lo recogido en el artículo 47.- Equipos de distrito de inspección, apartado 7, se van a hacer dos precisiones que podrán ser tenidas en cuenta en la asignación de centros docentes, servicios y programas a los inspectores de educación:

  • La posibilidad de que los centros con más de 46 unidades puedan ser asignados a dos inspectores.
  • Lla posibilidad de que en localidades que cuenten con 6 o más centros se asigne a un único inspector de referencia la totalidad de los centros docentes de la localidad.

- Respecto a lo recogido en el artículo 47, apartado 4, que regula el proceso de rotación, el SGIE informa de que:

  • Los “lotes” de cada Servicio se harán públicos el 30 junio en cada Servicio Territorial, posteriormente se abrirá un periodo de alegaciones de 10 días y se harán públicos los lotes definitivos el 31 julio. En los lotes correspondientes a las jefaturas de distrito se habrá detraído aproximadamente un tercio de la carga.
  • En el mes de septiembre se realizará el proceso de rotación, en el que se elegirá distrito y agrupación de centros, programas y servicios educativos en dos fases:

- La Jefatura del Servicio convocará al Consejo territorial para la elección de distrito por cada uno de los inspectores/as.

- A continuación, una vez configurados los equipos de distrito, los inspectores/as asignados a cada uno de ellos podrán postularse para la jefatura de su distrito, aportando un documento en el que se hagan constar sus méritos.

- Una vez nombradas las jefaturas por el Director de Área Territorial, se convocará de nuevo al Consejo Territorial para que cada inspector/a elija uno de los lotes del distrito, una vez detraído el lote correspondiente a la jefatura del distrito.

CCOO agradece al Subdirector General la información con carácter previo a la publicación de la Resolución y espera que se recojan las consideraciones que realice. CCOO manifiesta su postura favorable a la propuesta. No obstante, CCOO solicita que en lo sucesivo se facilite con antelación la documentación, a fin de que pueda ser estudiada con tiempo suficiente y pueda ser consultada entre los profesionales afectados por el tema a tratar, propuesta a la que se suman las demás organizaciones.

A la pregunta realizada por CCOO acerca de la posibilidad de que los inspectores adscritos al equipo que tramita los expedientes disciplinarios pudieran participar en este proceso de rotación, el SGIE contesta que no se contempla esta posibilidad, aplicándose, en consecuencia, en estos casos, lo previsto en el artículo 47.9 y 10 en caso de que se reincorporaran a su servicio.

De manera unánime se solicita por todas las organizaciones al Director General de Recursos Humanos un aumento de la plantilla de los Servicios de inspección, que, a pesar de haber sido incrementada en los últimos cursos, todavía es claramente insuficiente.

Por último, CCOO trasmite a la Dirección General de Recursos Humanos las disfunciones que se han producido respecto a la realización del curso de formación de los inspectores en prácticas, especialmente respecto a los requisitos de asistencia a las sesiones. Se solicita que en lo sucesivo queden perfectamente establecidas las condiciones para la superación del curso desde su inicio y se arbitren los medios para que puedan atenderse las sesiones de formación de manera telemática.

Documentación asociada
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