Federación de Enseñanza de CCOO de Madrid | 17 abril 2024.

1 de Mayo 2024

Mesa de Negociación de Personal Docente no Universitario con el Ministerio de Educación y Formación Profesional

    08/07/2021.
    Anteproyecto de Ley FP, profesorado técnico de FP, calendario negociaciones con en Ministerio de Educación

    Anteproyecto de Ley FP, profesorado técnico de FP, calendario negociaciones con en Ministerio de Educación

    Sesión de jueves 8 de julio de 2021

    ORDEN DEL DÍA

    1) Anteproyecto de Ley Orgánica de Ordenación e Integración de la Formación Profesional.

    2) Calendario de sesiones Mesa de negociación de Personal Docente no universitario.

    3) Ruegos y preguntas.

    Anteproyecto de Ley de FP:

    El Ministerio nos ha expuesto el documento de anteproyecto de Ley:

    https://www.todofp.es/comunes/noticias/2021/anteproyecto-ley-ordenacion-integracion.html

    CCOO reconoce que la necesidad existente de abordar una ley de Formación Profesional; Esta nueva ley puede suponer un salto cualitativo importante y es una oportunidad para visibilizar, dignificar y situar al conjunto de la Formación Profesional en el lugar que le corresponde tanto en el marco del sistema educativo como en el sistema productivo.

    CCOO ha presentado numerosas enmiendas en diferentes momentos de la tramitación del documento. De estas, más de 40 enmiendas han sido admitidas. Sin embargo han quedado algunas cuestiones importantes pendientes que hemos puesto de manifiesto y exigido su tramitación en la mesa:

    - La necesaria coordinación entre el Ministerio de Educación y Ministerio de Trabajo.

    - Concreción de la financiación para asegurar recursos para el aumentar la oferta pública de FP, bajar ratios, aumentar plantillas, etc.

    - Definir modelo para aterrizarlo todas las cuestiones en las CCAA.

    - Integración de la FP en los IES de Secundaria para asegurar la coordinación e integración del Sistema Educativo.

    - Asegurar los servicios de Orientación Educativa y Psicopedagógica para la FP en todos los centros.

    - Provisiones Medidas y recursos específicos de Atención a la Diversidad para la inclusión efectiva de todos los perfiles de alumnado, especialmente en FPB y FPGM.

    - Articulación de la FP dual, que se integre bien en el conjunto de modelo educativo de la FP para que haya garantías para el alumnado de una formación completa y, por supuesto, su impulso no puede suponer una privatización de la educación.

    - El imprescindible papel de las organizaciones sindicales en el desarrollo de esta Ley en todos sus aspectos y contextos.

    En relación a la cuestión específica del profesorado de FP, CCOO ha planteado:

    - Que es necesario un proceso ágil y coordinado de todas las CCAA para el paso del A2 al A1, tanto de la convocatoria inicial como de la posibilidad de las solicitudes individuales de los que cumplan el requisito y estén en las especialidades que van a quedar en el cuerpo de profesores especialistas en sectores singulares de FP.

    - Que debe de articularse un proceso permanente para que el profesorado que cumpla los requisitos para el acceso al A1 pueda hacerlo en cualquier momento posterior a la aprobación de esta ley, sin límite temporal.

    - Que el Ministerio de Educación coordine a través de la conferencia sectorial los complementos necesarios para la equiparación salarial y de las condiciones de trabajo de todo el profesorado del cuerpo de FP a extinguir y cuerpo de profesores especialistas en sectores singulares de FP con las del cuerpo de secundaria.

    El Ministerio dice recoger las cuestiones planteadas para su valoración. La administración ha manifestado que la intención en relación al profesorado interino de FP es que nadie quede fuera, en relación a los plazos y a los complementos no ha contestado.

    Calendario de la Mesa de negociación:

    El ministerio facilita a las organizaciones sindicales un calendario de contenidos próximos de negociación. CCOO expresa la urgencia de iniciar la negociación para la concreción para el personal docente del “acuerdo sobre el plan de choque para reducir la temporalidad en las administraciones públicas”. De manera inmediata en relación con los aspectos referidos al nuevo proceso de estabilización y a la mayor brevedad posible aquellos sobre la reforma del TREBEB.

    Parte sustancial de esta concreción es la modificación, previa negociación, del RD 276/2007 de acceso e ingreso a la función pública. Para CCOO, el punto de partida debe ser el cumplimiento del acuerdo suscrito con función pública tanto en su literalidad como en su espíritu. Esto implicaría al menos una simplificación de la fase de oposición, de organizar el proceso selectivo con pruebas no eliminatorias o agrupando pruebas, y aumentar muy significativamente el peso de la experiencia en la fase de concurso.

    Del mismo modo, expresamos la necesidad de que el Ministerio avance de manera urgente en la negociación de un estatuto docente, tal como establece la LOMLOE, dotando de un contenido inicial con una relación de las cuestiones a incluir y un calendario de los grupos de trabajo y de las mesas de negociación.

    Asimismo, FECCOO exige la puesta en marcha de la negociación del concurso de traslados con el objetivo de ajustar el mismo al nuevo acuerdo sobre el plan de choque para reducir la temporalidad de las administraciones públicas y las diferentes sentencias que se han ido produciendo en relación con el mismo.

    Finalmente, CCOO muestra su preocupación ante la necesidad de abordar los desarrollos normativos derivados de la LOMLOE, garantizando la participación negociadora de los y las representantes de los y las trabajadoras.

    El Ministerio ha contestado que enviará una nueva propuesta de calendario de negociaciones, y la documentación oportuna, con lo planteado en la mesa de hoy.

    Ruegos y preguntas:

    Ante el borrador de Real Decreto por que se establecen las establecen las especialidades docentes del cuerpo de profesores de música y artes escénicas y del cuerpo de catedráticos de Música y Artes Escénicas vinculadas a las enseñanzas de arte dramático, se acuerda una mesa de negociación específica, manifestando desde CCOO gran preocupación por el redactado del artículo 7, sobre la docencia del profesorado del cuerpo de música y artes escénicas en Bachillerato. Tal redactado puede suponer un abuso de las fórmulas de itinerancia de dicho profesorado. Un cambio en esta redacción requiere de una revisión de la disposición transitoria segunda y el anexo VII de esta norma.

    La administración ha contestado que convocará en breve una reunión específica con este tema.