Federación de Enseñanza de CCOO de Madrid | 28 marzo 2024.

Oposiciones 2021: ¿qué hacer cuando se detecta situación de incompatibilidad o un error en Tribunal?

  • Recusación de miembro de tribunal

Ante las múltiples incidencias detectadas en la composición de los tribunales, así como de las numerosas personas nombradas por error (jubilad@s, mismos miembros de una familia dentro del trinual -opositor/tribunal-), CCOO está asesorando a todos los profesionales afectados y respondiendo las múltiples consultas que nos están llegando.

30/05/2021.
Recusación de miembro de tribunal

Recusación de miembro de tribunal

 

Para que las personas afectadas puedan actuar según lo que está previsto en la normativa vigente, el equipo jurídico de CCOO ha preparado

modelos de recusación.

Estos son los diferentes tipos de escrito de recusación que debemos presentar:

1) Recusación dirigida a la persona que estamos recusando: donde fundamentamos el motivo por el cual estamos recusando y solicitándole su abstención.

2) Recusación a la Dirección General de Recursos Humanos: para que ordenen a dicha o dichas personas a abstenerse de pertenecer al tribunal indicado por los motivos expuestos.

IMPORTANTE: Debemos cumplimentar y registrar ambos.

El plazo no expira en una fecha concreta dado que según lo que dice la Ley de Procedimiento Administrativo se recusará tan pronto se conozca la causa. Por tanto, no se puede privar de ese derecho a nadie. Toda persona puede recusar en cualquier momento del proceso. Obviamente, cuanto más avanzado más difícil le será probar que no conocía la causa por lo que lo más aconsejable es iniciar el proceso de recusación antes de iniciado el proceso.

De hecho la administración educativa ha regulado un plazo que expira el 31 de Mayo de 2021 y lo más conveniente es si se piensa presentar petición de recusación que se haga dentro de ese plazos