Federación de Enseñanza de CCOO de Madrid | 24 abril 2024.

1 de Mayo 2024

Ley 20/2021 de medidas urgentes para la reducción de la temporalidad en el empleo público (Dosier monográfico)

  • CCOO emplaza a las universidades públicas de Madrid a negociar su implementación en el menor tiempo posible

11/01/2022.
CCOO Informa Monográfico 1_Ley 20_2021 reducción temporalidad

CCOO Informa Monográfico 1_Ley 20_2021 reducción temporalidad

La evolución del empleo en el sector público manifiesta una enorme tasa de temporalidad, casi un treinta por ciento de los empleados/as públicos tienen o han tenido un vínculo profesional temporal con la Administración Pública.

Era necesario establecer una serie de medidas que sirviesen para reequilibrar la temporalidad en el empleo público. Estas medidas se estructuran en torno a dos grandes ejes de actuación:

  1. Procesos de estabilización de empleo.
  2. Reforma de la normativa básica en materia de empleo público (reforma del TREBEP).

Estas normas abordan la regulación del funcionariado interino, añaden una previsión sobre los principios aplicables a la selección de personal laboral en régimen de temporalidad y establecen una serie de medidas para controlar la temporalidad en el empleo público.

A través de este CCOO Monográfico nº 1 queremos ofrecerte una orientación para que conozcas y resuelvas tus dudas de cuáles son los puntos clave de la nueva norma y cómo afectará a las futuras convocatorias de procesos de estabilización de empleo temporal.

Tenemos un marco general que debe ser adaptado a los diferentes sectores y administraciones. CCOO hará un seguimiento constante del desarrollo y aplicación de la Ley 20/2021 y velará por que se hagan realidad sus objetivos para asegurar que, de forma efectiva, se produzca una consolidación del empleo, se destierre la precariedad de las administraciones públicas y que los servicios públicos tengan los recursos que necesitan.

Desde CCOO trabajaremos para garantizar que se cumplen los objetivos y criterios marcados, adaptándolos en cada uno de los procesos. Exigiremos que los procesos estén acordados con la representación sindical, puesto que esta es la garantía para conseguir los objetivos, tal y como nos muestra la experiencia de estos últimos años. Es necesario un acuerdo en el ámbito de las Comisiones Paritarias de los acuerdos y convenios en vigor para concretar una aplicación real de lo reflejado en la Ley 20/2021 al personal de las universidades públicas de Madrid.