Federación de Enseñanza de CCOO de Madrid | 25 abril 2024.

1 de Mayo 2024

Firmamos un nuevo acuerdo para reducir la temporalidad, estabilizar el empleo, compensar el abuso y evitar el fraude en la contratación en el sector público

  • Se plasmará en convocatorias concretas
  • Se negociará una reforma del EBEP que aborde las materias pendientes

14/07/2021.
Acuerdo

Acuerdo

El “Acuerdo sobre el Plan de Choque para reducir la temporalidad en las Administraciones Públicas”, firmado el 5 de julio por CCOO, UGT y CSIF y el Gobierno de España recogido en el Real Decreto-ley 14/2021 de 6 de julio, busca dar respuesta al problema de la tasa de temporalidad registrada en el empleo público y que es ya superior a la registrada en el sector privado.

Si bien una tasa mínima de temporalidad es inevitable, no lo es cuando se convierte en estructural y supone en algunos sectores de la Administración tasas cercanas al 50% de su personal. El objetivo del Acuerdo es situar la temporalidad estructural en una tasa real por debajo del 8%. A pesar de que cualquier acuerdo supone una contrapartida, desde CCOO entendemos que se han alcanzado unos objetivos básicos que suponen un cambio de paradigma en la lucha por desterrar la precariedad de las administraciones públicas.

La propuesta inicial del Ministerio solo planteaba la modificación a futuro del artículo 10 del TREBEP sobre personal funcionario interino, pero no contemplaba nada en relación con el personal temporal actual de las administraciones públicas, la compensación económica por su abuso, ni respecto a los procesos de estabilización del empleo. Para CCOO esto no era aceptable. Tras complejas e intensas negociaciones, CCOO ha conseguido que los puntos clave que no se incluían en la propuesta inicial del Ministerio se hayan introducido en el documento final.

Desde el comienzo CCOO manifestó que el Acuerdo debía contener tres elementos esenciales:

  1. Un nuevo acuerdo de estabilización en líneas con los anteriores suscritos en 2017 y 2018, pero con mejoras.
  2. La transposición de la Directiva Comunitaria 1999/70 de no discriminación entre personal fijo y temporal.
  3. Y medidas para evitar el abuso o fraude en la contratación. Para ello peso mucho la sentencia ganada por los Servicios Jurídicos de CCOO en el Supremo, que establece que el abuso del personal temporal laboral es a partir del tercer año de contrato y que, por eso, tienen derecho a una indemnización de 20 días de salario por año trabajado. A partir de ahí volvimos a exigir que ese mismo derecho se extendiera al personal funcionario interino, de tal manera que el Ministerio no tuvo argumentos para negarse.

Ahora toca un enorme trabajo de negociación colectiva en todas las administraciones públicas para concretarlo. Las medidas acordadas son un buen marco general que deberá ser adaptado a los diferentes sectores y administraciones, incluyéndose en el acuerdo las medidas para que esto sea posible en la Administración general, la autonómica y la local. CCOO hará un seguimiento constante del desarrollo y aplicación del Acuerdo y el RDL, y velará por que se hagan realidad sus objetivos para asegurar que, de forma efectiva, se produzca una consolidación del empleo, se destierre la precariedad de las administraciones públicas y que los servicios públicos tengan los recursos que necesitan.

Hay, además, un compromiso formal de seguir negociando el resto de materias pendientes en septiembre.

En el enlace a CCOO Informa Monográfico nº 4 te informamos con detalle del Acuerdo, así como de las consecuencias de esta normativa en el ámbito de las universidades públicas de Madrid.