Federación de Enseñanza de CCOO de Madrid | 28 marzo 2024.

ENSEÑANZA CONCERTADA

TRABAJADORES/AS CON CONTRATO EVENTUAL POR CIRCUNSTANCIAS DE LA PRODUCCION

    CCOO persiste en su exigencia a la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid, de la necesidad, que los docentes que fueron contratados debido a la crisis sanitaria provocada por el COVID 19 durante el curso escolar 2020-2021 en la enseñanza concertada, se mantenga su contratación y se recuperen los refuerzos educativos eliminados el pasado mes de diciembre.

    21/06/2021.
    CONTRATO EVENTUAL POR CIRCUNSTANCIAS DE LA PRODUCCION

    CONTRATO EVENTUAL POR CIRCUNSTANCIAS DE LA PRODUCCION

    “CONTRATO EVENTUAL POR CIRCUNSTANCIAS DE LA PRODUCCION”

    ¿Qué debes saber sobre esta modalidad de contrato?

    El contrato eventual por circunstancias de la producción está regulado en el artículo 15 1.b del Estatuto de los Trabajadores y recogido en la Resolución de 15 de septiembre de 2020 de la Dirección General de Trabajo por la que se registra y publica el Acuerdo relativo a a la regulación sobre los contratos eventuales por circunstancias de la producción del VI Convenio colectivo de empresas de enseñanza privada sostenidas total o parcialmente con fondos públicos.

    Este contrato eventual termina cuando llega el plazo que se pactó. El finiquito es una propuesta de liquidación de las cantidades adeudadas al trabajador y en él deben aparecer:

    • El salario devengado del mes de finalización de contrato, que será proporcional a los días trabajados ese mes.
    • La parte proporcional de las pagas extraordinarias.
    • Las vacaciones generadas y no disfrutadas
    • La indemnización por fin de contrato: el trabajador/a tendrá derecho a recibir una indemnización proporcional de 12 días por año trabajado.

    NO DEBES FIRMAR UN FINIQUITO SI NO ESTAS CONFORME CON LA LIQUIDACION