Federación de Enseñanza de CCOO de Madrid | 28 marzo 2024.

COVID19: zonas de confinamiento perimetral en Madrid entre el 28 de diciembre 2020 y el 4 de enero 2021

    ORDEN 1750/2020, de 23 de diciembre, de la Consejería de Sanidad, por la que se modifica la Orden 1405/2020, de 22 de octubre, por la que se adoptan medidas específicas temporales y excepcionales por razón de salud pública para la contención del COVID-19 en determinados núcleos de población, como conse- cuencia de la evolución epidemiológica.

    26/12/2020.
    Zzonas de confinamiento perimetral en Madrid entre el 28 de diciembre 2030 y el 4 de enero 2021

    Zzonas de confinamiento perimetral en Madrid entre el 28 de diciembre 2030 y el 4 de enero 2021

    1. La presente Orden tiene por objeto establecer, con carácter temporal y excepcional, medidas adicionales específicas de contención y prevención necesarias para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por el COVID-19 ante su evolución en determinados núcleos de población.

    2. Las medidas previstas en la presente Orden se aplicarán hasta las 00:00 horas del día 4 de enero de 2021, sin perjuicio de su prórroga si la situación epidemiológica lo aconseja, en los siguientes ámbitos territoriales:

    — En el municipio de Madrid:

    • Distrito de Chamberí:

    - Zona básica de salud Andrés Mellado.

    • Distrito de Hortaleza:

    - Zona básica de salud Sanchinarro, siendo posible el acceso hacia la zona perimetralmente delimitada al norte por la calle Margarita de Parma, al oeste por la calle María de Portugal, al este por la calle María Tudor y al sur por la calle Leonor de Austria.

    — En el municipio de Alcobendas:

    • Zona básica de salud La Moraleja, siendo posible el acceso hacia la zona perimetralmente delimitada al oeste por la Avenida Valdelaparra, al este por la Avenida de la Ermita, al norte por la Avenida Olímpica y al sur por la Vía de Servicio de la A-1.

    — En el municipio de Móstoles:

    • Zona básica de salud Felipe II.

    • Zona básica de salud Alcalde Bartolomé González.

    — En el municipio de Getafe:

    • Zona básica de salud Getafe Norte.

    3. Las medidas previstas en la presente Orden se aplicarán hasta las 00:00 horas del día 11 de enero de 2021, sin perjuicio de su prórroga si la situación epidemiológica lo aconseja, en los siguientes ámbitos territoriales:

    — En el municipio de Madrid:

    • Distrito de Moncloa-Aravaca:

    - Zona básica de salud Aravaca.

    • Distrito de Tetuán:

    - Zona básica de salud General Moscardó.

    — En el municipio de San Sebastián de los Reyes:

    • Zona básica de salud Reyes Católicos.

    • Zona Básica de salud V Centenario.

    4. Las medidas establecidas en la presente Orden serán de aplicación a todas las personas que se encuentren o circulen, así como a aquellas personas que sean titulares de cualquier actividad económica, empresarial o establecimiento de uso público o abierto al público ubicado en los ámbitos territoriales afectados».