Federación de Enseñanza de CCOO de Madrid | 26 abril 2024.

Convocatoria maestros

  • ¡ATENCIÓN! El plazo termina el 23 de octubre

RESOLUCIÓN de 30 de septiembre de 2020, de la D.G. de Recursos Humanos, por la que se realiza una convocatoria extraordinaria para la selección de aspirantes a ocupar puestos docentes en régimen de interinidad en determinadas especialidades del Cuerpo de Maestros para el curso escolar 2020-2021

21/10/2020.
CONVOCATORIA MAESTROS

CONVOCATORIA MAESTROS

1.¿Qué es?

Procedimiento para cubrir las posibles necesidades de determinadas especialidadesdel Cuerpo de Maestros, que no se puedan cubrir por resultar insuficientes las listas de aspirantes a interinidad del curso escolar 2020-2021.

2.¿Quién puede presentarse?

• Requisitos generales: Artículos 12 y 13 del RealDecreto 276/2007, de 23 de febrero .

• Requisito de titulación específica de la especialidad: AnexoII de esta Resolución (página 74).

• Otros requisitos:

  • No ser funcionario de carrera en activo.
  • No estar en situación de baja temporal sin causa justificada o por contrato de trabajo en las listas de aspirantes a interinidad de la Comunidad de Madrid en el curso 2020-2021.
  • No haber sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual, conforme a lo indicado en apartado cuarto de la presente Resolución.

3.Baremación de méritos: Anexo II de esta Resolución (página 30).

4.¿Qué se necesita presentar?

• Solicitud: La solicitud deberá cumplimentarse exclusivamente de forma telemáticay la presentación de las solicitudes puede hacerse de forma telemática o imprimiéndolas para su presentación material.

• Documentación requerida:

  1. Documentación acreditativa de la titulación exigida y la formación pedagógica.
  2. Documentación justificativa de los méritos alegados.
  3. Copia del DNI.
  4. Certificación negativa del Registro Central de Delincuentes Sexuales.

5.¿Cómo se solicita?

• Presentación por Internet:

Para presentar la solicitud y documentación por Internet, a través del registro electrónico, es necesario disponer de DNI electrónico o de uno de los Certificados electrónicos reconocidos por la Comunidad de Madrid.

• Presentación en oficinas de asistencia en materia de registro:

Además, puede presentar su solicitud en cualquiera de las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de laComunidad de Madrid, de la Administración General del Estado, de otras Comunidades Autónomas, de Entidades Locales, oficinas de correos y representaciones diplomáticas u oficinas consulares de España en el extranjero.

Si desea acudir a las Oficinas de Asistencia en Materia de Registro de la Comunidad de Madrid para realizar las gestiones y trámites de su interés, deberá solicitar cita previa.

 

 

Documentación asociada
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