Federación de Enseñanza de CCOO de Madrid | 23 abril 2024.

1 de Mayo 2024

Se reactivan los plazos administrativos y procesales

  • Se pone fin a la suspensión introducida por el Real Decreto 463/2020 por el que se declaró el estado de alarma

26/05/2020.
Justicia

Justicia

El RD 537/2020 viene a poner fin a la suspensión de los plazos administrativos y procesales en vigor desde el 14 de marzo y de esta forma:

  • Con efectos de 1 de junio de 2020, el cómputo de los plazos administrativos que hubieran sido suspendidos se reanudará, o se reiniciará, si así se hubiera previsto en una norma con rango de ley aprobada durante la vigencia del estado de alarma y sus prórrogas (artículo 9). Esto supondrá en el ámbito de las universidades, la reactivación, entre otros, de los procedimientos de selección de personal que se hubieran publicado con anterioridad a la entrada en vigor del estado de alarma o publicados durante el mismo.
  • Con efectos desde el 4 de junio de 2020, se alzará la suspensión de los plazos procesales (artículo 8). La reactivación de los plazos procesales implica que los jueces y magistrados vuelvan a señalar los juicios y vistas que tenían programadas y que se pueda volver a poder presentar recursos y demandas.

CCOO recuerda a todas aquellas personas que pudieran verse afectadas por estas medidas, la importancia de tener en cuenta los plazos de aplicación en estos ámbitos con el objeto de no ver lesionados sus derechos.

Más información a través el enlace a Comisiones Informa nº 31