Federación de Enseñanza de CCOO de Madrid | 19 abril 2024.

1 de Mayo 2024

ENFERMEROS Y ENFERMERAS EDUCATIVOS

Reclamación de cantidades COVID-19

    La Consejería de Sanidad publicó unas Instrucciones sobre el abono en nómina y la adaptación de las aplicaciones de recursos humanos. En las mismas hace referencia a las enfermeras de educación desplazadas a centros sanitarios, las cuáles percibirán sus retribuciones de la Consejería de Educación, por la que están contratadas, en virtud y según lo previsto en el Convenio Colectivo para el personal laboral de la Comunidad de Madrid (2018-2020). Adjuntamos el documento de solicitud.

    05/05/2020.
    Te Informa reclamación cantidades COVID_19

    Te Informa reclamación cantidades COVID_19

    Como consecuencia de la crisis del COVID-19, desde el inicio del Estado de Alarma la mayoría de las enfermeras y enfermeros educativos están prestando sus servicios en centros sanitarios.

    La Consejería de Sanidad publicó unas Instrucciones sobre el abono en nómina y la adaptación de las aplicaciones de recursos humanos. En las mismas hace referencia a las enfermeras de educación desplazadas a centros sanitarios, las cuáles percibirán sus retribuciones de la Consejería de Educación, por la que están contratadas, en virtud y según lo previsto en el Convenio Colectivo para el personal laboral de la Comunidad de Madrid (2018-2020).

    La reclamación de cantidades se efectuará:

    En primera instancia con una solicitud (EXPONE/SOLICITA), dirigida al departamento de “Nóminas del Personal Laboral de la Dirección del Área Territorial de la Consejería de Educación y Juventud” a la que pertenezca el centro de origen de la trabajadora o trabajador en la que prestaba sus servicios antes de ser desplazado, con copia a la Dirección General de Recursos Humanos de Educación (personal laboral de centros docentes).La solicitud se puede descargar en la web de la DAT correspondiente y se podrá mandar por correo electrónico.En la misma se pueden solicitar los siguientes complementos recogidos en el Convenio Colectivo para el Personal Laboral, algunos son genéricos y lo pueden solicitar todas y todos, otros son específicos en función del servicio prestado y del tiempo.La solicitud debe de ir acompañada de la oportuna documentación justificativa que le haya aportado el centro sanitario donde se han prestado los servicios, con el incremento de kilómetros, en el caso, debido al traslado forzoso (utilizando Google Maps para el cálculo). La reclamación se hará de los meses vencidos, en primer lugar marzo y abril de 2020 y así sucesivamente para los siguientes.

    COMPLEMENTOS GENÉRICOS

    - Compensación económica por traslados por razones organizativas, asignación de efectivos, movilidad geográfica y desplazamientos (artículos 66 al 70 del convenio).

    - Complemento de Peligrosidad (art. 179), 15% del salario base durante el tiempo de permanencia en el puesto.

    - Complemento por Funciones Asistenciales. (Art.180). 5% del Salario Base, devengado en 12 mensualidades.

    - Complemento de Actividad (Art.183). Es un complemento por calidad y cantidad del trabajo donde hay Especialidad y Especial rendimiento en el trabajo.

    COMPLEMENTOS EN FUNCIÓN DEL SERVICIO PRESTADO

    - Complemento compensatorio por trabajo en domingo y festivos (arts. 106 y 185).

    - Complemento de Nocturnidad (Art.178). 25% del Salario Base.

    Si la respuesta de la administración fuese negativa, habría que iniciar el proceso de reclamación por la vía jurídica.

    Para más información poneros en contacto con vuestro delegado/a de la Federación de Enseñanza de CCOO Madrid, y en la

    Web: feccoo-madrid.org

    Correo electrónico: pas-frem@usmr.ccoo.es

    Tf: 915368771