Federación de Enseñanza de CCOO de Madrid | 26 abril 2024.

Real Decreto-Ley 10/2020: permiso retribuido recuperable para los servicios no esenciales

  • CCOO valora que el contenido de la norma no modifica la situación actual en las universidades madrileñas

30/03/2020.
Permiso retribuido recuperable frente al COVID 19

Permiso retribuido recuperable frente al COVID 19

CCOO valora que el contenido de la norma no modifica la situación actual en las universidades madrileñas

El RDL 10/2020 establece un permiso retribuido recuperable, de carácter obligatorio, entre el 30 de marzo y el 9 de abril de 2020, ambos inclusive.

  • ¿Cuándo entra en vigor?
  • ¿En qué consiste?
  • ¿A quién afecta
  • ¿Y a quién NO afecta y debe mantener su actividad?
  • ¿Y cómo sabe el trabajador si tiene que acudir o no a su puesto de trabajo?
  • El cese de actividad, ¿es total?
  • ¿Se mantienen los derechos de la persona trabajadora?
  • ¿Y qué ocurre una vez finalizado este permiso? Recuperación de las horas de trabajo

La actividad desarrollada hasta el momento en las universidades públicas de Madrid, tanto por el personal propio como el de las contratas, no varía en relación con la desarrollada de forma previa a la entrada en vigor del RDL 10/2020, manteniéndose la prestación del servicio a distancia (teletrabajo y docencia), salvo en relación con alguno de los servicios esenciales en alguna universidad y de carácter administrativo (personal, gestión económica), que deberían ser prestados desde hoy mismo a distancia.

Toda la información a través del enlace a Comisiones Informa nº 17