Federación de Enseñanza de CCOO de Madrid | 29 marzo 2024.

CELEBRADO DE NUEVO EL JUICIO DE ARJÉ FORMACIÓN S.L.U.

    El 9 de julio de 2019 se ha repetido el juicio sobre la demanda de despido colectivo encubierto contra la empresa Arjé Formación.

    10/07/2019.
    Manifestación del pasado mes de diciembre

    Manifestación del pasado mes de diciembre

    El martes 2 de abril de 2019, tuvo lugar el juicio contra Arjé Formación S.L. en el Tribunal Superior de Justicia de Madrid por la demanda que presentó el Comité de Empresa por despido colectivo encubierto. El Comité de Empresa estaba formado por delegadas de CCOO y del sindicato CSIF, sin embargo, este proceso se ha llevado exclusivamente por parte de CCOO.

    El día 30 de mayo llegó la sentencia, en la que el Tribunal manifestaba que el FOGASA tenía que estar presente en el juicio y que, por tanto, había que repetirlo. A pesar de que cuando se celebró el juicio la abogada de la empresa dijo que no sabía si estaba en concurso de acreedores, el propio Tribunal entendía que debía estar presente el FOGASA, según su criterio, por lo que nos volvieron a citar para repetir el juicio el día de hoy, 9 de julio.

    En la vista de hoy no ha comparecido FOGASA, como preveía nuestra letrada, así que se ha dado por reproducido el juicio anterior. La única aportación la ha realizado la abogada de Arjé Formación, que ha informado de que en este momento la empresa está en concurso voluntario de acreedores, y ha aportado los datos de un nuevo trabajador que por error no se incluyó en la lista anterior.

    En el juicio, nuestra abogada defendió que los despidos y ceses de contratos que produjeron en la empresa Arjé en los últimos meses no respetaron el Artículo 51 del Estatuto de los Trabajadores, "Despido colectivo". La dirección de la empresa no realizó los trámites legalmente establecidos ni informó a la RLT (Representación Legal de los Trabajadores/as), por tanto, las causas económicas, técnicas, organizativas o de producción no concurren. Por todos estos motivos, el comité de empresa, a través de la Asesoría Jurídica de CCOO, demanda la nulidad de todos los despidos, incluidos los contratos temporales y de obra o servicio determinado.

    La abogada de la empresa admitió que el número de despedidos con contratos indefinidos o fijos-discontinuos superó el 10% de la plantilla, pero solicitó que no se incluyese a los y las trabajadores y trabajadoras con contratos temporales. También solicitó al Tribunal que no se consideren despidos nulos, sino improcedentes, por la imposibilidad de readmisión al encontrarse la empresa sin actividad.

    Desde CCOO estamos luchando para que todos esos despidos se consideren nulos al no haber seguido los trámites que establece la ley y tratar un proceso de ERE como si fueran meros “ceses en la actividad”, como si esta decisión no tuviese ninguna afectación para los trabajadores/as que, en la realidad, se han quedado en la calle después de sufrir los impagos de la empresa durante varios meses.

    El juicio ha quedado visto para sentencia y está previsto que la sentencia salga pronto.

    Si ganamos esta demanda, todos/as los afectados/as podrán, en su demanda individual, acreditar que se trató de un despido nulo, y pedir la indemnización por despido improcedente, además de los salarios de tramitación.