Federación de Enseñanza de CCOO de Madrid | 28 marzo 2024.

INFÓRMATE: E. INFANTIL 2019

XII Convenio colectivo de ámbito estatal de centros de asistencia y Educación Infantil

    Las organizaciones patronales presentaron su propuesta finalista en la Mesa del 03 de abril. El martes 9 de abril se celebra Asamblea de delegadas y afiliadas sobre el final del convenio colectivo a las 18h, en la Sala 13 Rosas: Sede de CCOO de Madrid. Lope de Vega, 38 2ª planta.

    08/04/2019.

     

    La propuesta patronal planteada el pasado 12 de marzo supuso un endurecimiento de la negociación en la que lejos de valorar el intento realizado por CCOO por acercar posiciones, implementaba una batería de medidas totalmente inasumibles por esta organización sindical.

    CCOO, junto a otros sindicatos, ha propuesto en la reunión del 03 de abril: 

    • Revisión salarial con carácter retroactivo desde enero de 2018. 
    • Las categorías afectadas por la subida del SMI fijarán su salario base en 900€. 
    • En ningún caso se absorberá ni compensará el CPP de las educadoras. 
    • El complemento por incapacidad temporal no se modificará. 
    • La referencia semanal de jornada seguirá apareciendo en el convenio y no se reducirán los días de vacaciones. 
    • Los incrementos retributivos de las tablas generales durante la vigencia del convenio estarán sujetos a una clausula de revisión salarial e irán en consonancia al Acuerdo Estatal de Negociación Colectiva. 
    • Para la gestión indirecta, incrementos salariales durante la vigencia del convenio entorno al 30%, en la categoría de educadora, para las empresas que hayan licitado desde el 01 de enero de 2019.

     

    La respuesta patronal ha sido:

    • CDP no absorbible ni compensable. 
    • Cláusula de respeto a condiciones más beneficiosas. 
    • No se modificarán aspectos del convenio excepto los salariales. Retribuciones para la gestión directa

    2019

    • Categorías SMI: 900€de salario base, desde publicación en el BOE.
    • Educadoras: 925,26€ CE incluido, desde publicación en el BOE.
    • Resto: 2% desde publicación en el BOE.

    2020

    • 2% a todas las categorías desde el 1 de septiembre.

    2021

    • 1% a todas las categorías desde el 1 de septiembre con clausula de revisión salarial según IPC.

    Retribuciones para la gestión indirecta

    1. Pliegos en vigor y prórrogas

    2019

    • Categorías SMI: 900€ en salario base, desde el 1 de enero.
    • Educadoras: 910 € de salario base, CE incluido, desde el 1 de enero.
    • Resto: 1,5%, desde el 1 de enero

    2020

    • 1,5% en todos los casos, desde el 1 de septiembre.

    2021

    • Igual que los nuevos pliegos, desde el 1 de septiembre. (Categorías SMI: 1020€; educadora: 1122€, y resto: 2%)

    2. Pliegos cuya tramitación y/o licitación comiencen a partir del 1 de enero de 2019

    2019

    • Categorías SMI: 950€ desde 01 de enero de 2019.
    • Educadoras: 1.000€ desde 01 de enero de 2019.
    • Resto: +3% desde 01 de enero de 2019.

    2020

    • Categorías SMI: 1.000€ desde el 1 de septiembre.
    • Educadoras: 1,100€ desde el 1 de septiembre.
    • Resto: +3% desde el 1 de septiembre.

    2021

    • Categorías SMI: 1.020€ desde el 1 de septiembre
    • Educadoras: 1.122€ desde el 1 de septiembre
    • Resto: IPC del año inmediatamente anterior garantizando un mínimo del 2%. Desde el 1 de septiembre

    En gestión indirecta se garantiza que, independientemente de la situación de la empresa, todas las trabajadoras percibirán a partir del 01 de septiembre de 2021, las retribuciones fijadas en el apartado anterior.

    Asimismo se acuerda definir los grupos de cotización de los trabajadores del sector:

    • Director, maestro, pedagogos, jefe de administración, grupo 2 
    • Educadora, grupo 4 
    • Resto de personal, grupo 6

    Ante este nuevo escenario, en el que la vía negociadora se da por cerrada,

    CCOO traslada a sus bases la propuesta finalista planteada por las organizaciones patronales para someterla a debate.