Federación de Enseñanza de CCOO de Madrid | 28 marzo 2024.

OTRA IRREGULARIDAD MÁS DE RAÍCES

EOEP Y EAT: La protección de datos de los menores amenazada por Raíces

    CCOO ha denunciado formalmente que el alojamiento de informes psicopedagógicos que "exige" el sistema integral de gestión educativa es contraria a la normativa vigente sobre protección de datos de carácter personal. Por otra parte, el sindicato pide que la consignación de datos básicos y de evaluación del alumnado ACNEE y ACNEAE no sea introducido utilizando las claves de orientadores/as.

    25/02/2019.
    Raíces, de nuevo en entredicho

    Raíces, de nuevo en entredicho

    CCOO ha presentado el 25 de febrero de 2019 sendos escritos al Consejero de Educación, al Viceconsejero de Organización Educativa, al Director General de Recursos Humanos y al Secretario General Técnico de la Consejería de Educación e Investigación en los que pone de manifiesto que la "exigencia" del sistema Raíces de alojar en el mismo los informes psicopedagógicos del alumnado con necesidades educativas especiales (ACNEE) y con necesidades específicas de apoyo educativo (ACNEAE) es contraria a la normativa vigente sobre protección de datos de carácter personal.

    Para ello se basa en el REGLAMENTO (UE) 2016/679 de protección de datos, vigente desde el 25 de mayo de 2018; en la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales; en la Ley Orgánica 2/2006, de 3 de mayo, de Educación (LOE) y en las órdenes de evaluación de todas las enseñanzas dictadas por la Consejería de Educación de la Comunidad de Madrid, pues según una aplicación sistemática de todas estas normas, nada avala ni justifica que se cuelguen los informes psicopedagógicos en una red general compartida por toda la administración educativa de la Comunidad de Madrid, ya que son datos que no deben salir del centro, que es el responsable de los mismos; concretamente, lo es el secretario o secretaria del centro, que de alojarlos en Raíces estaría vulnerando el derecho a la intimidad personal de este alumnado -art. 18.1 de la Constitución- y se trataría, además, de datos especialmente sensibles y protegidos.

    Por otra parte, CCOO considera que la labor de consignación de datos básicos (nombre y apellidos, dirección, contacto con la madre y el padre...), así como de datos sobre la evaluación (calificaciones, etc.), es una labor propia del personal de la secretaría y no del personal docente, por lo que debe habilitarse la vía para que el primero sea quien los teclee y no deba utilizarse la clave personal de la orientadora u orientador para ello.

    Dada la trascendencia y gravedad de estos asuntos, CCOO ha demandado una modificación del sistema Raíces, así como la emisión y difusión de órdenes e instrucciones precisas sobre estas cuestiones desde la Consejería, por lo que estimamos procedente estar a la espera de una comunicación por parte de la Consejería, que debería producirse en breve.