Federación de Enseñanza de CCOO de Madrid | 28 marzo 2024.

El Tribunal Superior de Justicia de Madrid obliga por cuarta vez al Gobierno regional a responder ante la masificación en las aulas denunciada por CCOO

    El TSJ de Madrid, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Octava, ha estimado de nuevo parcialmente un recurso presentado por CCOO por el que denunció las ratios ilegales en el curso 2015-2016 en los centros educativos de la DAT Madrid-Capital. Esta sentencia refuerza las tres anteriores, emitidas en el mismo sentido, sobre el exceso de ratios en Madrid Sur, Norte y Este.

    10/10/2018.
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    CCOO denunció por vía administrativa, ante la Consejería de Educación, el exceso de ratio aplicado durante el curso escolar 2015/2016 en diferentes centros docentes públicos no universitarios del ámbito de las Direcciones de Área Territoriales de Madrid Sur, Norte, Este y Capital. Concretamente, remarcó que se trata de una práctica generalizada en los centros de educación infantil y primaria y en los institutos de educación secundaria. Las ratios excesivas son habituales tanto en el segundo ciclo de Educación Infantil, como en Educación Primaria, ESO y Bachillerato en todas sus modalidades.

    Ante dichas denuncias, la Consejería de Educación, en lugar de revertir la situación, no solo dio la callada por respuesta. Tras varios meses y tras agotar todos los plazos, acabó contestando que CCOO no era quién para denunciar tal cosa. Este fue el único argumento de la Resolución de la Viceconsejera de Organización Educativa, que se limitó a invocar profusa y procelosamente en páginas y más páginas la manida falta de legitimación activa de CCOO para todas las cuestiones que plantea ante la Consejería. El subtexto era claro: lo que la Consejería decida sobre las ratios ni nos afecta ni nos importa, por lo que no nos van a dar explicaciones.

    Sin embargo, el TSJ de Madrid en Sentencia nº 467/2018, Sala de lo Contencioso-Administrativo, Sección Octava, como hiciera respecto de las otras tres DAT, entiende respecto de la Capital que “la determinación del número de alumnos máximo por aula, la ratio, es una cuestión que afecta al régimen de prestación del servicio de enseñanza y atañe a su calidad y a las circunstancias concretas en que el profesorado desempeña su actividad, y, en particular, a la atención que puede dedicar al alumnado”. Por tanto, queda anulada de plano la desestimación por falta de legitimación activa que la Consejería de Educación hizo de las diferentes denuncias de CCOO con el objetivo de impugnar los excesos de ratio. Tal y como dice el propio Tribunal, dichas denuncias “entran de lleno en las facultades propias de la actuación sindical”.

    CCOO considera que la Consejería actúa con una palmaria mala fe. Sus actuaciones buscan dilatar el proceso en la vía administrativa al dar una contestación peregrina, con el objetivo de provocar la intervención de los Tribunales y un proceloso procedimiento. Su afán obstaculizador ha dado lugar a cuatro pronunciamientos en el mismo sentido. Queda así patente que la única finalidad de la Consejería es eludir sus responsabilidades amparándose en los largos plazos judiciales. De hecho, no ha contestado al fondo de nuestras denuncias, cuando cualquiera que entiende que le asiste la razón lo primero que hace para zanjar cualquier acusación o controversia es dar explicaciones.

    CCOO no cejará hasta que la Consejería de Educación asuma sus responsabilidades y deje de masificar las aulas por falta de previsión y recursos para los centros educativos públicos madrileños sin importarle su alumnado ni su profesorado.