Federación de Enseñanza de CCOO de Madrid | 25 abril 2024.

Novedades: días de libre disposición

    El 8 de junio se reunió, a petición de CCOO, la mesa técnica para tratar la aplicación del acuerdo de días de libre disposición. CCOO manifiesta y deja por escrito [pincha aquí] las numerosas incidencias que se están produciendo en la aplicación de este derecho, el incumplimiento por parte de la Consejería al no haber publicado una guía orientativa para la aplicación de este permiso así como las causas por las que existen tantas dificultades con este permiso.

    15/06/2018.
    dias de libre disposición

    dias de libre disposición

    Así, CCOO expuso que las dificultades que se están constatando en este curso se deben a:

    - que las platillas están tan recortadas.

    - que la Consejería no cumple la ley y no cubre las bajas en los plazos establecidos por la norma del estado e incorporados en el acuerdo sectorial.

    - La administración tardó en firmar el acuerdo y , por tanto, su entrada en vigor tardía ha hecho que quede poco tiempo efectivo para disfrutar los días de libre disposición en los centros educativos.

    - La falta de voluntad de la Consejería para desarrollar una guía de preguntas y respuestas que favorezca su aplicación así como la ausencia de directrices claras para los equipos directivos dando informaciones verbales contradictorias desde las distintas áreas territoriales en las que, lamentablemente, se acusa a las organizaciones sindicales derivando sus responsabilidades como administración y buscando generar rechazo hacia las organizaciones representantes de los trabajadores con claras conductas antisindicales.

    - Otras consecuencias de las políticas educativas aplicadas por la Consejería que someten a los centros a estrés permanente como las múltiples pruebas externas realizadas en abril y mayo, los cambios de las pruebas extraordinarias con un calendario con consecuencias desastrosas para la organización y funcionamiento de los centros, petición de programaciones extraordinarias sin orientaciones y en plazo mínimo, cambios de horario impuestos al profesorado de forma irregular, entre otros.

    En este contexto CCOO denuncia que:

    las consecuencias del retraso al mes de enero de 2018 por parte de la administración en ratificar el acuerdo de 21 de junio de 2017 ha impedido al profesorado la posibilidad de poder disfrutar este derecho con anterioridad al 23 de febrero y, por lo tanto, es preciso tratar la acumulación de ese disfrute en los cuatro últimos meses del curso escolar 2017/2018. Está resultando muy complicado y controvertido el disfrute de estos días en Equipos de Orientación Educativa y Psicopedagógica de Atención Temprana, Generales y Específicos, así como Maestras/os funcionarias/s de Escuelas Infantiles y Casas de Niños, ya que según las distintas instrucciones y disposiciones vigentes sobre organización y funcionamiento de los centros y servicios correspondientes, se regulan distintos periodos tanto lectivos como no lectivos, con lo que se somete a distintas interpretaciones que pueden dar lugar a conculcar el derecho de estos trabajadores y trabajadoras a su disfrute y es preciso aclarar y regular este derecho según las características de estos centros. Nos consta que se están interpretando por parte de algunos Equipos Directivos de forma arbitraria y discrecional los criterios establecidos, impidiendo el derecho al disfrute del profesorado afectado, lo que está provocando:

    - denegación de la autorización del permiso no justificado ni contemplado dentro de los requisitos que limitan este permiso que son exclusivamente los que recoge el punto cuarto: "Este permiso no podrá disfrutarse durante los 7 primeros días lectivos del curso, durante las sesiones de evaluación ni durante el periodo comprendido entre las evaluaciones ordinaria y extraordinaria del fin de curso. No obstante, en este último periodo podrán concederse si se aprecian circunstancias organizativas que así lo justifiquen y queda acreditada la cobertura de la atención necesaria al alumnado."

    - se está produciendo denegación por causas como claustro o por “razones diversas" fundamentalmente "de índole académica y organizativa”.

    - en muchos casos se ha denegado el permiso de libre disposición con tan solo 24 horas de antelación, sin aportar justificación fundamentada y por escrito. Esto ha provocado que el o la interesada no haya disfrutado de su derecho y/o que le hayan descontado haberes por falta injustificada al centro.

    - se han detectado actuaciones arbitrarias, tras realizar una libre interpretación del acuerdo y limitando el disfrute de estos días tanto del profesorado interino como de las profesoras que se incorporan tras un permiso por maternidad o profesorado con jornadas parciales o compartidas.

    El acuerdo alcanzado contempla la flexibilidad necesaria para tener en cuenta situaciones especiales, urgentes o sobrevenidas de forma que, en estos casos, el profesorado pueda hacer uso de este permiso retribuido si no hubiera otro aplicable. No obstante, tenemos conocimiento de que dicha flexibilización no se cumple por parte de algunos equipos directivos, además de realizarse una libre interpretación de cómo actuar en situaciones sobrevenidas y que se entienden como tales.Se está argumentado el "derecho a la educación" como motivo denegatorio de las solicitudes, alegando que si no se asiste al trabajo se está vulnerando dicho derecho. Se trata esta de una falsa interpretación del precepto tercero del acuerdo, que dice: "En caso de causas organizativas excepcionales y sobrevenidas relacionadas con el derecho a la educación de los alumnos, el permiso podrá denegarse o revocarse".

    En consecuencia a lo expuesto, CCOO exigió que se establezca un sistema de interlocución fluido para que atiendan las reclamaciones de estos casos, debidamente acreditadas, sin necesidad de llegar a contencioso administrativo. Que la Dirección General de Recursos Humanos adopte cuantas medidas sean oportunas para el correcto y justo ejercicio del derecho al disfrute de los días de libre disposición. La publicación por parte de la Dirección General de Recursos Humanos de una guía informativa sobre el acuerdo y las directrices acordadas en la mesa de seguimiento a fin de evitar situaciones arbitrarias e irrazonables. 
El establecimiento de un procedimiento para que los agravios sufridos no imposibiliten al profesorado disfrutar de estos días incorrectamente denegados en el próximo curso si no fuera posible en este.que se cumpla el acuerdo sectorial en el resto de aspectos y, en particular, en la sustitución de bajas por enfermedad en los plazos establecidos y según los casos recogidos por la norma básica así como el cumplimiento del acuerdo en materia de cupos para que los centros tengan las plantillas que necesitan y el profesorado pueda ejercer sus derechos laborales sin ser presionado o cuestionado por ello.

    Por tanto, os animamos a hacernos llegar a través de vuestro delegado o delegada, en nuestro servicio de atención al profesorado a través del correo ccooexigecontigo@usmr.ccoo.es, todas las incidencia y todos los casos que estén ocurriendo y puedan ser un incumplimiento del acuerdo tal y como fue firmado que podéis consultar en este enlace [pincha aquí] para que podamos tramitar reclamación y resolverlos.